lunes, 16 de febrero de 2009




La figura sin sombra de la falsificación






La creciente preocupación por reivindicar los derechos de autoría, abre un debate en el mundo de la moda.





Actualmente las imitaciones se publicitan de manera masiva en las calles del mundo. En algunos países al caminar por las calles te ofrecen sin ningún tipo de pudor, ni respeto a la propiedad intelectual, diseños de marcas reconocidas, incluso antes de salir a las tiendas. Estos “imitadores” suelen ponerse rápidamente en contacto con un punto de fabricación, generalmente, en el sureste asiático o Latinoamérica para ser reproducidas.



Allí, bajo la apariencia de un gran hotel, se esconde un muestrario de vestidos, chaquetas, sombreros y demás accesorios de la temporada. Cada habitación es un escaparate donde se puede elegir. Donde es posible encargar un bolso Chanel a la medida, moldeado al gusto del país consumidor, “Cadena dorada o plateada; en piel blanca, negra; anagrama dorado...”, según informó Damián Fuentes, jefe de la sección de Delitos contra la Propiedad industrial de la Comisaría General de la Unión Europea.



Las prendas falsificadas, en su mayoría, producto del trabajo esclavo, son realizadas en talleres conocidos como maquilas en condiciones infrahumanas que inquietan, de manera cada vez más importante, a los empresarios y autoridades. Esto no sólo repercute a ciudades cosmopolitas como Nueva York o París, en ciudades intermedias también es posible ver este fenómeno de explotación laboral y falsificación de piezas originales.



Algunas teorías económicas consideran que este tipo de mercadeo permite una interacción dinámica entre la innovación y la imitación: la innovación genera productos superiores; la imitación los hace disponibles a un número mayor de consumidores. Un proceso animado de imitación es crucial para la competencia dinámica. ¿Entonces es razonable?

En Bucaramanga(colombia)…



La cuidad de los parques, una de las urbes abanderadas con mayor crecimiento manufacturero en prendas de vestir, es el nuevo nicho de empresas exportadoras de diseño de alta calidad que empiezan a competir con el mercado mundial y a su vez con los falsificadores. Gran parte de esto se debe a la oleada semestral de nuevos diseñadores que promueven las diferentes universidades de la región.


Los mismos centros educativos empiezan a generar proyectos de investigación en derechos de autor, indagaciones para encontrar alternativas frente a la problemática que nos ocupa, en pro de una solución a la copia indiscriminada de diseños, pues son precisamente los diseñadores, los protagonistas del desfalco creativo. Sin contar con las grandes inversiones que realizan los empresarios santandereanos para financiar la creación de productos innovadores: telas, contratos a diseñadores y operarios, entre otros.


Habla el experto


El producto tiene que ser mejor, y así llevar la delantera de ese falsificador, usted tiene que correr un poquito más y el irá detrás siempre”, dijo Elkin Valencia, diseñador de modas santandereano, quien trabaja para diferentes marcas de la región, alternando como docente universitario. Y agregó: “Uno alcanza a ver como es fusilada una prenda de uno, copiada, es triste”.

No sólo los diseñadores son susceptibles de ser copiados, también las empresas. En la empresa Proditexco, de la cual Valencia es diseñador, sucedió que: “una señora nos compraba las telas que quedaban de la producción, y con esos retazos de tela entraba al almacén, nos hacía la visita, y luego iba y con su maquina familiar, cocía como ella podía la prenda, luego, compraba algunos accesorios y se los ponía a la prenda para exhibirla en la ventana de su casa y venderlos por 15 mil pesos. Era gracioso, pues ella misma tenía su empresa ahorrándose los gastos de un diseñador, los gastos de un almacén, muy inteligente, porque el almacén de ella quedaba al lado del nuestro, entonces la gente salía de nuestra tienda, donde un vestido costaba 100 mil pesos, para comprarlo en 15 mil pesos, al lado, con la misma tela”. Aseveró el diseñador quien confirma prioritariamente la importancia de tener una ley que proteja los diseños de moda.

No hay quien proteja

Es alarmante la falta de conocimiento legal, en amparo a la propiedad intelectual en el campo de la moda, el 100% de los encuestados entre profesionales y consumidores no pudo responder concretamente si conocía la legislación colombiana referente a la protección de este tipo de derechos.

¿Tendrá que ver el poco conocimiento en la parte legal, con el hecho de ser atrapado por la amenaza de la falsificación?

La constitución política establece en su artículo 61 la obligación del Estado colombiano, de proteger la propiedad intelectual. De esta consagración constitucional se destacan dos grandes ramas para la protección de los diseños de la moda, la propiedad industrial, la cual protege las creaciones novedosas y distintivas,

La Decisión Andina 351 de 1993 en su artículo 3, define la obra como toda la creación intelectual original de naturaleza artística o literaria, pudiéndose esta ser divulgada o reproducida en cualquier forma.

En el artículo 7 establece que el derecho de autor protege exclusivamente la forma mediante la cual las ideas de autor son descritas, explicadas, ilustradas o incorporadas a las obras.
La protección a los diseños de moda no es la más idónea en nuestro país, pues no encontramos una legislación específica que proteja a los productos innovadores de la moda. A pesar que la ley colombiana puede proteger un diseño de prenda por dos alternativas diferentes. La protección como dibujo o modelo industrial y también la protección como derecho de autor.

Los dibujos y modelos industriales pueden proteger la forma de la prenda, pero este procedimiento requiere tiempo y dinero para ser llevado a cabo, para lo cual lo mas seguro la prenda ya habrá pasado de moda y la protección en este caso no sería relevante.
La protección como derecho de autor, buscaría proteger la identidad del diseñador la cual es el sello característico de la persona que ha creado la prenda como fácilmente se puede ver en el manejo de los grandes artistas de la novedad, como: Custo Barcelona con su manejo del estampado, colorido y corte de la prenda, Narciso Rodríguez, por la silueta de sus atuendos, Karl Lagerfeld, John Galliano, e infinidad de diseñadores que ostentan un estilo claro que les da lugar en el competido campo de la moda

Sin embargo la interpretación del juez es aquí fundamental pues no existe una referencia clara en la ley para la protección de un artículo de moda, a no ser que este reúna las características que la haría única e irrepetible, para así poder ser protegido como obra de arte y así utilizar la protección del derecho de autor.

Ambas formas no son excluyentes una de otra, esto significa que se pueden evocar ambas al momento de solicitar la protección. Sin embargo es un mayor inconveniente el hecho que la protección no sea inmediata lo cual conlleva a urgir a nuestros legisladores para que se presenten proyectos de ley que consideren una protección inmediata a las prendas de la moda.

Visión internacional

La Design Piracy Copyright Act es una respuesta como proyecto de ley que cursa actualmente en el senado de los Estados Unidos de América, que ha intentado buscar proteger los diseños de moda y la rampante piratería y copia de diseños en esta industria.
Lo que busca la norma es proteger inmediatamente un diseño de moda con el registro hecho por parte de su creador durante los 3 primeros meses en la oficina de patentes de los estados unidos. La protección sería inmediata al registro y tendría una duración de 3 años.
Dándole al poseedor de los derechos sobre el diseño la facultad para explotar exclusivamente durante este tiempo la prenda que fue sometida a protección.Siendo un poco mas ilustrativos el sistema funcionaría así:
1. Creación de la prenda
2. Registro ante la oficina de patentes
3. Protección por tres años otorgada a partir del registro.
4. Paso al dominio público unas ves cumplido el plazo de protección.
Esta ley tiene muchas contradicciones siendo que dentro del ámbito en el cual se usa muchas de las creaciones de un diseño de moda vienen apoyadas sobre otras que hace largo tiempo hacen parte del conocimiento de todos o del dominio público (pantalones, camisas, vestidos).
Hallando que la protección busca extenderse a la prenda como un todo, impediría que el diseñador se apoyase sobre cosas ya hechas y ampliamente aceptadas, que no tienen propietario siendo que el campo del diseño de la moda se ve limitado a la forma del cuerpo humano.
Esta ley por lo tanto al impedir el uso de características de la prenda que ya se encuentran en el dominio público limitaría la creatividad. Lo cual hace pensar que el enfoque de la ley esta mal formulado. Sin embargo es posible separar estas características de la que hace a la prenda única e innovadora. Siendo así podríamos vislumbrar una solución mas clara para las creaciones de la moda pormedio del derecho.


“La prohibición de imitación para un cierto período de tiempo permite a los creativos cosechar donde ellos han sembrado. Sin aquella perspectiva el incentivo para sembrar es disminuido. ”Doctor Fridolin Fischer abogado especializado en protección intelectual en Zúrich, Suiza,


La normativa Europea otorga protección a diseños no registrados durante tres años, siempre que los mismos sean originales. Por dicho motivo, muchos diseñadores europeos adoptan las medidas pertinentes a fin de obtener la protección de ese diseño durante dicho período de tres años, impidiendo la imitación del mismo. La Regulación de Diseño de Comunidad europea protege sólo los diseños que son nuevos y tienen el carácter individual.
En 2007, World Intellectual Property Organization (Organización Mundial de la Propiedad Intelectual) registró sólo 29 diseños internacionales (el 2.5 % de registros totales) bajo la clase 2 de la Clasificación de los Tratados de Locarno en la ropa y la mercería, por La Haya el Sistema, mientras la Unión Europea la Oficina para armonización en el Mercado Interno (OHIM) se registró 7 ' 421 (el 9 % de total)

Aún, la mayor parte de los diseños certificados por casas de moda no son para la ropa, una fuente importante de ingreso para etiquetas de moda. La mayoría de diseñadores de modas considera que, con estaciones de moda que duran sólo unos meses, el período de protección mínimo de tres años ofrecido por estos sistemas de registro no son apropiados por diseños a menudo efímeros de moda, y que su tiempo y dinero por lo tanto mejor serían gastados en la creación de nuevos diseños que sobre el registro.

El déficit del comercio de La Unión Europea en la industria de la moda en el año 2007 era de 33.7 mil millones de Euros. A partir de 1994 hasta el 2007, el volumen de producción total de la industria de la moda dentro de los 27 países que constituyen la Unión Europea disminuía el 8% progresivamente cada año. Durante los años venideros los fabricantes europeos se verán forzados a reducir el tamaño de su volumen de producción para favorecer productos de origen con un alto valor añadido.

Los representantes de la industria de la confección en Europa piden por una normatividad en propiedad intelectual eficaz para la protección de sus diseños, pues estos temen perdidas específicamente por el tema en cuestión. Siendo este un problema mundial, donde también muchas familias se benefician de la falsificación de grandes marcas extrajeras
Luis Vuitton, la marca más copiada del mundo, recurre desde el año 2000 a investigadores privados, según fuentes policiales y judiciales. La propia firma reconoce que aplica una política de "tolerancia cero", que se traduce en que cuenta en París con un departamento dedicado sólo a la falsificación, con 40 personas desplegadas en las principales zonas de actividad: París, Tokio, Seúl, Hong Kong, Shanghai, Nueva York y Buenos Aires.

El camino en la creación de leyes que protejan efectivamente los diseños de la moda, si bien se empezó largo tiempo atrás aun falta mucho por recorrer, mientras las tradicionales y nuevas marcas se ven cada vez mas afectadas por esta situación que ubica un gran interrogante en el mercado de la moda, es por esto que los empresarios decidieron estudiar otras alternativas, como cambiar el código de barras por las tarjetas electrónicas para controlar el producto. Al menos para los productos de alto valor añadido.
Su sustituto está en pleno desarrollo, y servirá no sólo para inventariar los productos, si no, para frenar eficazmente la imitación. El desarrollo de las prendas en el tercer mundo para reducir sus costos, es la más efectiva hasta ahora, realizar una línea para el mercado de mas alto nivel que son sus tradicionales compradores y que no necesitan comprar un copia, y otra mas económica y de fácil acceso en almacenes de cadena los ejemplos mas notables. Prada creo su línea económica Miu Miu, Dolce & Gabbana con D&G,y en nuestro país Silvia Tcherassi con su marca arkitect para almacenes Éxito,

Considero que el registro de diseño debe ser creado consultando a profesionales en la materia quienes deben consensuar la manera más conveniente y eficaz para la construcción de leyes efectivas en el campo de la moda. Creo que se deben tener en cuenta criterios como la fugacidad de las tendencias, la división de las colecciones por temporadas y la necesidad de que la prenda sea protegida con la rapidez en que estas cambian. Deben ser exclusivas del tema y no mezcladas con otras profesiones como la arquitectura o la literatura pues aunque son formas artísticas e industriales, no pertenecen al mismo campo de acción. Podemos concluir entonces que es puntual la necesidad de leyes especificas para el ejercicio dela moda que tantos aranceles deja al mundo.

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